Publicado: Sab Dic 23, 2006 3:23 amAsunto: Mandamientos
CATEDRA BIOLOGIA MOLECULAR
DERECHOS POLITICOS Y SOCIALES
Artículo 1º.- Agarosito es un estado democrático conformado por estudiantes.
Artículo 2º.- Agarosito, garantiza el ejercicio pleno de los derechos de los estudiantes que la conforman así como también exige el cumplimiento de las obligaciones de los mismos.
Artículo 3º.- Son derechos de los estudiantes, el pleno respeto a los demás miembros, así como a al protección total o parcial de sus intereses frente a otras Catedras.
ORGANO DE PODER
Artículo 4º.- Los miembros han de ser sujetos a las decisiones de la Administración, organismo supremo de toma de decisiones administrativas.
Artículo 5º.- La Adiministración toma decisiones por votación extraordinaria en los temas de mayor relevancia, dejándose a criterio de cada ayudante el que hacer con cada uno de sus grupos asimismo se reconoce la autonomía de los ayudantes dentro de su esfera de influencia.
Artículo 6º.- Son miembros vitalicios de la Administración los miembros fundadores de la Catedra, son miembros no vitalicios: el redactor de la constitución de la Catedra por cuanto esta en el la administración de la justicia, el cual pertenece al organismo en cuanto la constitución o sea afectada por algún acontecimiento; son también miembros cuatro estudiantes elegidos de entre todos los estudiantes restantes los cuales tienen voto en el organismo por un periodo semestral.
AUTOGOBIERNO LOCAL
Artículo 7º.- Dentro de la autonomía de los ayudantes también recae en ellos la responsabilidad de mantener el Laboratorio (sitio de Trabajo) en condiciones impecables.
Artículo 8º.- Se reconoce como Ayudante de la Catedra a los estudiantes que sometidos a concurso se hacen acreedor a este titulo.
Artículo 9º.- El Ayudante debera mostrar interes en la Catedra, caso contrario seran removido sus privilegios.
Artículo 10º.- El Ayudante debera minimo una vez por semana revisar las Actividades publicadas, en el Foro.
Artículo 11º.- El Ayudante debera pasar notas en el plazo publicado para la misma. Si por algun motivo no puede cumplir con la fecha limite avisar a la Administración.
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 12º.- Serán sujetos de ayuda por parte de la ayudantia los que así lo pidan.
Artículo 13º.- Las peticiones han de ser efectuadas en un lapso menor a 48 horas para que al ayudante del grupo sean otorgados los permisos necesarios
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 14º.- La Catedra reconoce y protege los derechos emitidos en esta carta.
Artículo 15º.- El poder que comprenda la participación de 2 o mas ayudantes en el Laboratorio esta a cargo de la Administracion.
Artículo 16º.- La Catedra alienta a los estudiantes a la expansión investigativa de la misma.
Artículo 17º.- Todos los Ayudantes al momento de entrar a la Catedra aceptan de hecho la constitución vigente.
Artículo 18º.- La constitución es vitalicia. Solo la Administracion con una votación de 4/6 puede ejecutar cambios en la misma en solo uno de sus artículos. No es permisible la modificación de la presente en un plazo de dos semanas seguidas a una modificación anterior.
Artículo 19º.- Quedan sin efecto el Artículo 14º y 18º, toda vez que el Administrador, o sea yo, así lo desee.
La siguiente carta esta abierta a cualquier cambio, por ahora...
los privilegios que en ella se mencionan seran discutidos... no se de pasar de ser ayudante alfa pasar a ser ayudante del ayudante
Puede publicar nuevos temas en este foro No puede responder a temas en este foro No puede editar sus mensajes en este foro No puede borrar sus mensajes en este foro No puede votar en encuestas en este foro